Caso de mujeres embarazadas en Formosa: La CIDH retira cautelares por falta de pruebas en la denuncia realizada por Félix Díaz y Santiago Cantón basada en notas de Clarín y TN

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Telenoche Investiga

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer una resolución mediante la cual decidió levantar las medidas cautelares que había dictado el 16 de abril pasado tras una denuncia realizada por un ex funcionario macrista y un dirigente indígena.

La decisión de la CIDH fue adoptada por unanimidad el domingo 11 de julio, y fue comunicada al Estado a última hora del martes 13.

En su resolución, la CIDH reconoce que el marco fáctico que había valorado para dictar las medidas cautelares no se verificó durante el trámite internacional.

Es decir, que la gravísima denuncia internacional formulada por Félix Díaz, Santiago Cantón y Lucas Gómez no logró demostrar situaciones concretas de mujeres embarazadas que no contaran con la atención médica adecuada, que estuvieran escondidas en el monte por miedo, amenazas u hostigamiento en su contra, o mucho menos que existieran casos de bebés separados de sus madres al nacer.

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La CIDH también cuestiona severamente la falta de colaboración de los los solicitantes en brindar información precisa que permitiera identificar a las mujeres a las que supuestamente se buscaba proteger.

«La Comisión observa que la representación no ha brindado soporte documentario alguno que permita indicar que, incluso después de su embarazo, las personas beneficiarias se encuentren en una situación de riesgo».

Luego agrega: «En tal sentido, no se ha proporcionado información que indique, por ejemplo, que el Estado les venga negando atención en salud o la atención en salud que recibirían actualmente no sería idónea o efectiva según lo que prescriban los médicos competentes”.

Y prosigue la resolución: “Si bien la representación ha continuado afirmando que existe “temor”, “amenazas”, “persecución”, entre otros, la Comisión no advierte información concreta respecto de cada una de las 7 mujeres beneficiarias que indique, por ejemplo, una amenaza concreta o sostenida en contra de ellas, o inacción del Estado de brindarles atención médica, o que la atención médica haya sido negada atendiendo su situación actual.

La información disponible tampoco indica que el Estado se haya negado a brindarles algún tipo de protección en caso de que tales situaciones eventualmente se presenten. Por el contrario, la información disponible indica que las mujeres embarazadas dieron a luz y no se cuenta con elementos que indiquen que hubo hostilidad o agresiones durante el proceso de parto o situaciones similares como las que la representación informaba de manera previa al otorgamiento de las medidas cautelares”.

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En la misma decisión el organismo internacional valora de modo positivo el esfuerzo desplegado por el Estado para verificar si había alguna persona que no estuviera recibiendo la atención médica correspondiente.

Las «pruebas» aportadas por Cantón, Díaz

La denuncia internacional había comenzado el 12 de marzo de 2021, con una solicitud de medidas cautelares firmada por el dirigente indígena Félix Díaz y el ex secretario de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires durante la gestión de María Eugenia Vidal y ex secretario ejecutivo de la CIDH, Santiago Cantón, en favor de unas 86 mujeres indígenas del oeste de Formosa que, según los solicitantes, experimentaban “temor fundado” de distintas vejaciones, y otras 13 personas que las protegerían.

Según la Resolución 32/2021 de la CIDH por la cual se otorgó la cautelar, los denunciantes presentaron como prueba una nota publicada en Clarín y un informe de TN.

Resolución 32/2021 CIDH pié página 2
Resolución 32/2021 CIDH pié página 3

En su resolución del 16 de abril, la CIDH ya había descartado la existencia de un patrón de cesáreas forzosas, separación de madres de sus hijos y otras alegaciones del mismo tenor, desacreditando así las denuncias relacionadas con violaciones de derechos humanos generalizadas en Formosa.

En aquella oportunidad, sin embargo, el organismo regional concedió la medida de protección respecto a siete mujeres, sin siquiera permitir al Estado brindar ningún descargo en relación con la veracidad de lo afirmado y sin conocer sus nombres y localización precisa con anterioridad al dictado de la decisión.

Mediante la resolución del 11 de julio, la CIDH resalta que, tras evaluar la información aportada por el Estado, tampoco se verificó ninguna amenaza concreta ni falta de atención médica en el caso de las siete mujeres indígenas sobre las que se concedió la medida. Por eso decidió cerrar el trámite internacional.

Resolución completa de la CIDH sobre levantamiento de las medidas cautelares

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