La ministra Vizzotti, aprobó por resolución la actualización y consecuente ampliación del conjunto de prestaciones básicas esenciales para la cobertura del abordaje de personas con obesidad.
A través de la resolución 1420/2022, el Ministerio de Salud de la Nación amplió las prestaciones incorporadas al Programa Médico Obligatorio (PMO) para la cobertura de tratamientos vinculados a los trastornos alimentarios, principalmente de obesidad. De esta manera, se favorece el acceso a una cobertura de calidad con una mirada centrada en las personas, humanizando la práctica clínica y los circuitos de atención.
En ese marco, la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, encabezó la presentación de la actualización en un encuentro que reunió a representantes de la Superintendencia de Servicios de Salud, miembros de distintas sociedades científicas, referentes de hospitales públicos nacionales con servicio de cirugía bariátrica, y un grupo de pacientes afectados por esta problemática. “Invertir en tratamientos, promoción y prevención es algo que nos planteamos desde el primer día de la gestión y por eso me parecía fundamental tomarnos un espacio para poder encontrarnos”, afirmó la jefa de la cartera sanitaria nacional.
“No se trata de algo estético, sino de mejorar la salud de las personas. Para el Estado se trata de una inversión y cualquiera que se dedique a la salud debe actuar con ésta mirada sanitaria de fortalecer las líneas de cuidado, ampliar derechos y trabajar para que el acceso sea cada vez de mayor calidad y más equitativo”, consideró la ministra.
La actualización de las prestaciones básicas esenciales para las personas con obesidad se da en el marco de la Ley 26.396, que declara de interés nacional la prevención y control de este tipo de trastornos alimentarios; a la vez que pondera la investigación, el diagnóstico, el tratamiento, la asistencia integral y la rehabilitación en esta problemática.
Dado el avance y modificación de las técnicas quirúrgicas y la nueva evidencia que incorporan otras prácticas y tratamientos destinados a personas con obesidad y en base a lo determinado por la evidencia, se modificó el acceso a la cobertura, ampliándose a población no incluida con los criterios anteriores. Además, para garantizar el seguimiento y fortalecer la terapéutica se extendió la cobertura al período post-operatorio.
Las nuevas prestaciones, que deben ser brindadas por todas las obras sociales y asociaciones de obras sociales del Sistema Nacional y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga, fueron incorporadas al PMO en base a la evidencia científica existente y con el consenso de la Asociación Argentina de Cirugía (AAC) y la Sociedad Argentina de Cirugía de la Obesidad (SACO).
Prestaciones que deberán ofrecer las prepagas y obras sociales
En el anexo de la resolución 1420/22 se establecen el «Conjunto de prestaciones básicas esenciales basadas en evidencia para la cobertura del abordaje de personas con obesidad».
